Apertura de programas, extensiones y convenios . La apertura de un programa de especialización médica o quirúrgica en medicina, o su extensión a otra ciudad, en una seccional o sede de la misma institución, o en convenio con otra institución, se considera como un programa independiente y deberá presentar la información sobre los estándares de calidad establecidos en este decreto, como requisito para su ofrecimiento y desarrollo, sin perjuicio de lo previsto en otras disposiciones que regulen la materia.
Decreto 1665 de 2002 →Vigente
Artículo 24
Decreto 1665 de 2002 · por el cual se establecen los estándares de calidad de los programas de Especializaciones Médicas y Quirúrgicas en Medicina.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.