Micelio

Artículo 3

Ley 1 de 1925 · Por la cual se reforma la Ley 19 de 1884 y se dictan algunas disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase igualmente al referido Distrito Municipal para pagar con parte de sus baldíos o del producto de la venta de ellos, el agrimensor que debe practicar las mensuras, levantamiento de planos y exposiciones, que han de servir de base al Ministerio respectivo para dictar las providencias de adjudicaciones definitivas.

Queda en estos términos reformada la Ley 19 de 1984 .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1 de 1925