Micelio

Artículo 1

Modifíquese El Inciso 2° Del Artículo 28 Del Decreto Número 1160 De 2010, Modificado Por El Artículo 12 Del Decreto Número 900 De 2012, El Cual Quedará Así: "previo A Certificarse La Elegibilidad Y Una Vez Viabilizado El Proyecto En Sus Aspectos Técnicos, Financieros Y Legales, El Ciento Por Ciento (100%) De La Contrapartida Representada En Dinero, Deberá Ser Consignado En Una Cuenta Bancaria Especial En La Oficina Del Banco Agrario De Colombia De Su Municipio O Distrito Más Cercano O En El De Más Fácil Acceso, Dentro Del Término Que Establezca El Reglamento Operativo Del Programa Expedido Por La Entidad Otorgante, Contado A Partir De La Notificación De La Comunicación Mediante La Cual Se Le Exige El Cumplimiento De Este Requisito

Decreto 2342 de 2012 · por el cual se modifica el artículo 28 del Decreto número 1160 de 2010

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Modifíquese el inciso 2° del artículo 28 del Decreto número 1160 de 2010, modificado por el artículo 12 del Decreto número 900 de 2012, el cual quedará así: "Previo a certificarse la elegibilidad y una vez viabilizado el proyecto en sus aspectos técnicos, financieros y legales, el ciento por ciento (100%) de la contrapartida representada en dinero, deberá ser consignado en una cuenta bancaria especial en la oficina del Banco Agrario de Colombia de su Municipio o Distrito más cercano o en el de más fácil acceso, dentro del término que establezca el Reglamento Operativo del Programa expedido por la Entidad Otorgante, contado a partir de la notificación de la comunicación mediante la cual se le exige el cumplimiento de este requisito. En dicho reglamento se establecerán igualmente las condiciones de manejo de esta cuenta especial, entre otras, la correspondiente al traslado de tales recursos a la cuenta del proyecto manejada por la Entidad Operadora contratada por la Entidad Otorgante. Si la entidad Oferente no cumple con este requisito dentro del término previsto, el proyecto será rechazado por la Entidad Evaluadora".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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