Micelio

Artículo 45

Recuperación De La Nacionalidad Colombiana Para Menores De Edad

Ley 2332 de 2023 · por medio de la cual se establecen los requisitos y el procedimiento necesarios para la adquisición, pérdida y recuperación de la nacionalidad colombiana y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los menores de edad, podrán solicitar la recuperación de la nacionalidad colombiana, por intermedio de quienes conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad, de conformidad, con las normas establecidas por el Código Civil Colombiano, para ello se deberá presentar:

1.

Oficio motivado de quienes conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad donde se manifieste el interés de adelantar el trámite de recuperación de la nacionalidad colombiana para el menor de edad.

2.

Copia simple del registro civil de nacimiento colombiano o tar­jeta de identidad si le fue expedida.

3.

Copia del acta de renuncia a la nacionalidad colombiana.

4.

Copia del documento de identificación de quienes conjunta o separadamente ejerzan la patria potestad.

5.

1 foto 4x5 fondo blanco tipo documento.

Parágrafo

Si la patria potestad fue otorgada a uno de los padres o a un tercero, este deberá aportar la sentencia proferida por juez de la República de Colombia, en donde así lo determine; en caso de que haya sido emitido por un juez extranjero, se deberá homologar la sentencia en el territorio colombiano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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