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Artículo 15

En Las Resoluciones Que Sobre Cancelación De Matrículas Dicte El Consejo Profesional Nacional De Ingeniería, Se Expresarán Los Motivos En Que Se Funden

Decreto 1006 de 1938 · por el cual se reglamenta la Ley 94 de 1937, sobre ejercicio de la profesión de Ingenieria.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las resoluciones que sobre cancelación de matrículas dicte el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería, se expresarán los motivos en que se funden. Estas resoluciones se notificarán personalmente al interesado, quien podrá pedir su reconsideración y acompañar los comprobantes en que apoye su solicitud, dentro de los quince días siguientes a la fecha de la notificación.

Parágrafo

De las resoluciones a que se refiere este artículo, el Consejo Profesional Nacional enviará copia al Ministerio de Obras Públicas y dará aviso a los Consejos Seccionales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1006 de 1938