Micelio

Artículo 1

Decreto 2615 de 1951 · Por el cual se reconocen gastos de representación a los miembros del Congreso

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. A partir del 30 de octubre del presente año, y mientras esté reunido el congreso en sesiones ordinarias o extraordinarias, los Senadores y Representantes que asignan a las Sesiones tendrán derecho a gastos de representación por la cantidad de cuarenta pesos ($ 40) diarios.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2615 de 1951