Adicionase el artículo 55 del decreto 528 de 1964, en el sentido de que hay lugar a interponer el recurso de casación contra las sentencias dictadas en segunda instancia por los tribunales superiores de distrito judicial en causas cuyo conocimiento haya correspondido a jueces de circuito.
Decreto 1867 de 1965 →Vigente
Artículo 11
Adicionase El Artículo 55 Del Decreto 528 De 1964, En El Sentido De Que Hay Lugar A Interponer El Recurso De Casación Contra Las Sentencias Dictadas En Segunda Instancia Por Los Tribunales Superiores De Distrito Judicial En Causas Cuyo Conocimiento Haya Correspondido A Jueces De Circuito
Decreto 1867 de 1965 · Por el cual se dictan normas en materia de organización judicial
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.