Micelio

Artículo 5

O Por Productividad En El Trabajo Universitario

Decreto 910 de 1992 · por el cual se dictan disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleados públicos docentes de la Universidad Nacional de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

o Por productividad en el trabajo universitario. Para la asignación del puntaje se seguirá el siguiente procedimiento

a)

Dos (2) ejemplares de la publicación, obra, o material pertinente, serán enviados por el interesado a la Vice-rectoría Académica, para su presentación ante el Comité de Asignación de Puntaje, el cual estará integrado así: -El Vice-rector Académico, quien lo preside. -Dos (2) Decanos designados por el Consejo Académico. -El Director del Comité de Investigaciones y Desarrollo Científico, Cindec. -El Director de la División de Asuntos de Personal Docente. -El Director del Comité de Programas Curriculares. -Un (1) Profesor Asociado o titular designado por el Consejo Superior Universitario;

b)

El Comité estudiará la producción, asesorándose de especialistas cuando lo estime conveniente;

c)

El Comité decidirá el puntaje que estime adecuado y lo comunicará a la División de Asuntos de Personal Docente, a la facultad correspondiente y al docente interesado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 910 de 1992