Micelio

Artículo 9

El Subdirector De Prestaciones Económicas Es Competente Para: 1

Decreto 1096 de 1991 · por el cual se asignan competencias a las dependencias del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Subdirector de Prestaciones Económicas es competente para:

1.

Autorizar las exoneraciones de que trata el artículo 21 del Decreto 118 de 1957.

2.

Las demás que le sean asignadas por ley o reglamento.

JURISPRUDENCIA

LEGISLACIÓN ANTERIOR

Artículo 9º El Subdirector de Prestaciones Económicas es competente para:

1.

Autorizar las exoneraciones de que trata el artículo 21 del Decreto 118 de 1957.

2.

Las demás que le sean asignadas por ley o reglamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1096 de 1991