ARTICULO 84. División de Escuela y Administración de Personal . Conforme a las políticas e instrucciones del Subdirector General y del Administrador Regional, son funciones de la División de Escuela y Administración de Personal a desarrollar en las administraciones de su jurisdicción, las siguientes
Desarrollar e implementar las políticas de manejo del recurso humano señaladas por la Dirección;
Administrar el recurso humano y proyectar todos los actos administrativos de novedades correspondientes a las Administraciones de la Regional;
Coordinar los criterios de registro y control de las situaciones administrativas de personal;
Elaborar programas de bienestar social y coordinar su ejecución, conforme a las políticas señaladas por el nivel central;
Coordinar y ejecutar, cuando lo ordene el nivel central, programas de selección de personal de las Administraciones;
Garantizar el adecuado desarrollo de las tareas relacionadas con la evaluación de desempeño de los funcionarios de la administración; y
Detectar las necesidades específicas de capacitación de las Administraciones de su jurisdicción y elaborar el plan de capacitación;
De acuerdo con las políticas y programas de la Subsecretaría Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, desarrollar y coordinar los planes y cursos que deban efectuarse;
Organizar y administrar, en coordinación con la Subsecretaría Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, el centro de documentación que soporte las necesidades de las Administraciones de la respectiva Regional; y
Las demás que le asigne el Administrador Regional.