°. Para el efecto del reconocimiento y pago de las subvenciones citadas, dividense las carreteras expresadas en dos grupos, así: primer grupo, formado por las vías ya terminadas, cuya subvención no se haya pagado; y segundo grupo, formado por las carreteras que se terminen en lo sucesivo.
Decreto 919 de 1929 →Vigente
Artículo 4
Para El Efecto Del Reconocimiento Y Pago De Las Subvenciones Citadas, Dividense Las Carreteras Expresadas En Dos Grupos, Así: Primer Grupo, Formado Por Las Vías Ya Terminadas, Cuya Subvención No Se Haya Pagado; Y Segundo Grupo, Formado Por Las Carreteras Que Se Terminen En Lo Sucesivo
Decreto 919 de 1929 · Por el cual se reglamenta el pago de subvenciones a las carreteras que construyan los Departamentos, Municipios, etc.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.