° Declárase sin efecto el Decreto número 1066 del 18 de junio de 1958. En consecuencia el señor Pedro Elías Martínez Pinilla continuará ejerciendo las funciones de Cajero IV (Pagador Almacenista) de las Carreteras Nacionales de las Islas de San Andrés y el señor Pedo Calderón Guzmán las de Almacenista III- (General) de la Zona de Carreteras Nacionales de Garzón.
Decreto 160 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Declárase Sin Efecto El Decreto Número 1066 Del 18 De Junio De 1958
Decreto 160 de 1959 · Por el cual se declara sin efecto el Decreto número 1066 del 18 de junio de 1958, y se aclara el artículo 2° del Decreto 0067 del 12 de enero de 1959. (Ramo de Carreteras Nacionales) 1959
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.