Micelio

Artículo 11

Funciones Del Despacho Del Viceministro Para El Diálogo Social Y Los Derechos Humanos

Decreto 2893 de 2011 · por el cual se modifican los objetivos, la estructura orgánica y funciones del Ministerio del Interior y se integra el Sector Administrativo del Interior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Funciones del despacho del viceministro para el diálogo social y los derechos humanos. Son funciones del Viceministro para el Diálogo Social y los Derechos Humanos, además de las establecidas en el artículo 62 de la Ley 489 de 1998, las siguientes

1.

Apoyar y asistir al Ministro en el diseño, análisis, impulso y seguimiento a proyectos de actos legislativos y de ley ante el Congreso de la República, principalmente en las materias de su competencia.

2.

Liderar la formulación, adopción, ejecución y seguimiento de las políticas públicas del Ministerio, en particular las relativas a los derechos humanos y libertades, de consulta previa, concertación, diálogo político, coordinación interinstitucional, participación, representación política y registro de los pueblos y comunidades étnicas, de prevención, autoprotección, fortalecimiento organizativo y participación de personas y organizaciones defensoras de derechos humanos; libertad e igualdad religiosa, de cultos y conciencia y el derecho Individual a profesar una religión o credo; y la coordinación del control a la gestión misional de la entidad.

3.

Fortalecer los procesos de diálogo social y concertación con las comunidades de su competencia.

4.

Evaluar en forma permanente y adelantar el seguimiento de la ejecución de los compromisos internacionales en materia de Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.

5.

Apoyar la elaboración de la planeación estratégica del Sector Administrativo en los temas de su competencia.

6.

Asistir al Ministro en la función de enlace, comunicación y coordinación entre la Rama Ejecutiva y la Rama Legislativa, en los temas de su competencia, sin perjuicio de las funciones del Viceministro General del Interior.

7.

Coordinar y hacer seguimiento de las actividades de las direcciones del Ministerio adscritas a su despacho, para garantizar el cabal cumplimiento de sus funciones y de los planes, programas y proyectos del Ministerio.

8.

Apoyar el desarrollo y sostenimiento del Sistema Integrado de Gestión Institucional y la observancia de sus recomendaciones en el ámbito de su competencia.

9.

Orientar la consecución de recursos complementarios para atender los programas de su competencia y de las áreas misionales a cargo.

10.

Atender las peticiones y consultas relacionadas con asuntos de su competencia.

11.

Las demás funciones asignadas que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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