Micelio

Artículo 6

º Los Recursos Del Fondo De Inversiones Para El Desarrollo Regional Del Centro-Oriente Colombiano Se Manejarán Mediante Un Contrato De Administración Fiduciaria Que Para El Efecto Han De Celebrar El Banco De La República Y Una Entidad Bancaria O Financiera Oficial Que Opere En La Región, La Cual Será Escogida Por El Consejo Regional De Planificación

Decreto 3086 de 1986 · por el cual se crea la Región de Planificación del Centro-Oriente Colombiano y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Los recursos del Fondo de Inversiones para el Desarrollo Regional del Centro-Oriente Colombiano se manejarán mediante un contrato de administración fiduciaria que para el efecto han de celebrar el Banco de la República y una entidad bancaria o financiera oficial que opere en la región, la cual será escogida por el Consejo Regional de Planificación. La entidad encargada de la administración fiduciaria podrá colocar dinero en préstamo para la ejecución de los programas y proyectos, así como contratar empréstitos internos y externos con el fin de proveer recursos para el Fondo, en los términos y condiciones que establezca el Consejo Regional de Planificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3086 de 1986