Artículo decimonoveno . Son funciones de los Consejos Consultivos
Darse su propio reglamento;
Elaborar las listas de candidatos a cargos de carácter docente e investigativo que deberán presentarse al Consejo Superior Universitario, por conducto del Rector;
Proponer al Consejo Superior Universitario la creación o supresión de cargos docentes e investigativos dentro de la respectiva unidad;
Remitir al Rector dos nombres para que él complete la terna de la cual el Consejo Superior Universitario elegirá el Decano o Director respectivo;
Las demás que le fije el estatuto general y los reglamentos de la Universidad.