Micelio

Artículo 1

Ley 109 de 1919 · Que dispone la manera como deben explotarse las minas de Muzo y Coscuez

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase una Junta de Hacienda que se llamará Junta Consultiva del Ministerio de Hacienda, encargada especialmente de estudiar todos los negocios relacionados con la explotación de las minas de Muzo y Coscuez de propiedad de la Nación y con la venta de las esmeraldas que de aquellas mismas se extraigan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 109 de 1919