Fíjase en dos mil pesos ($ 2,000) moneda legal la caución que debe prestar el Secretario Habilitado de las Escuelas Nacionales de Agronomía y de Veterinaria, para garantizar el manejo de los fondos que ha de tener bajo su responsabilidad. Comuníquese y publíquese.
Decreto 664 de 1922 →Vigente
Artículo 1
Decreto 664 de 1922 · Por el cual se fija el monto de la caución que debe prestar el Secretario Habilitado de las Escuelas Normales de Agronomía y de Veterinaria
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.