Autorizase al Gobierno para constituir, como garantía adicional del empréstito hasta por dos millones de pesos, con destino al Palacio de Comunicaciones en la Ciudad de Bogotá, de que trata la Ley 85 de 1936 , hipoteca sobre el mismo edificio de Santo Domingo que será objeto de la obra allí prevista, con el terreno que comprende la edificación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.