° Para abonar el viático de regreso a los miembros del Congreso que se hallen en el caso del artículo anterior, deberán presentar la prueba que exije el punto 2,° reforma 35.ª del decreto citado.
Decreto 52 de 1876 →Vigente
Artículo 2
° Para Abonar El Viático De Regreso A Los Miembros Del Congreso Que Se Hallen En El Caso Del Artículo Anterior, Deberán Presentar La Prueba Que Exije El Punto 2,° Reforma 35
Decreto 52 de 1876 · Sobre pruebas suplementarias para el pago de viáticos a los miembros del Congreso
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.