Micelio

Artículo 10

Decreto 1461 de 2000 · por el cual se reglamentan los artículos 47 de la Ley 30 de 1986, 2° del Decreto 2272 de 1992, 25 de la Ley 333 de 1996 y el artículo 83 del Decreto-ley 266 de 2000 y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Venta al público a precios fijos. Mediante esta modalidad se vende al público en general a precios fijos con el sistema de pago inmediato. Se estaría en la posibilidad de efectuar ventas por esta modalidad cuando exista alguna de las siguientes condiciones

1.

Cuando las características y el estado de los bienes permitan que puedan venderse en forma detallada o en pequeños lotes.

2.

Cuando existan altos volúmenes de bienes con posibilidades de demanda del público en general y que respondan a temporadas de alto consumo.

3.

Cuando los bienes sean de uso restringido o se encuentren sujetos a control, es decir, solo puedan ser adquiridos por público autorizado.

4.

Cuando se trate de bienes de personas de las cuales se tengan indicios de atentados o sabotajes contra la seguridad de funcionarios o de los propios bienes. En este evento sólo se ofrecerán a público restringido.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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