Micelio

Artículo 10

De Los Jefes De Grupo De La Sección Financiera De Las Unidades Programáticas Locales Institucionales

Decreto 574 de 1979 · Por el cual se aprueba un Acuerdo de la Junta Administradora del Instituto de Seguros Sociales

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De los Jefes de Grupo de la Sección Financiera de las Unidades Programáticas Locales Institucionales. Son requisitos para desempeñar los cargos de Jefe de Grupo de la Sección Financiera de las Unidades Programáticas Bocales Institucionales: Del Jefe del Grupo de Presupuesto - Clase III: - Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en presupuestación, costos o administración financiera. - 2 años de experiencia cómo técnico certificado con funciones en el área específica de trabajo. b) Del Jefe del Grupo de Contabilidad, Costos e Inventarios - Clase III: --- Diploma de bachiller. - Certificado de estudios de nivel técnico en contabilidad, costos o administración financiera. -- 2 años de experiencia como técnico certificado en el desempeño de funciones relacionadas con el cargo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 574 de 1979