º Se entiende por artículos de primera necesidad los víveres, drogas y mercancías de ordinario consumo, entre las clases populares, tales como los siguientes
Leche
Carne
Arroz
Azúcar (centrifugada, refinada o mascabado)
Panela.
Cebada
Maíz
Frijoles, garbanzos, arvejas y lentejas
Harinas y féculas
Pan (corriente y negro)
Chocolate
Huevos
Manteca
Drogas y elementos terapéuticos y de higiene general.
Carbón (mineral y vegetal)
Productos textiles de primera necesidad
Materiales de construcción (cemento, hierro, ladrillo, adobe, arena)
Los artículos anteriores están enumerados por vía de ejemplo. El Ministerio de la Economía Nacional en casos de duda, podrá determinar cuales son artículos de primera necesidad. I. Junta de control de artículos de Primera Necesidad.