Micelio

Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto Vígente: Ministerio De Obras Publicas

Decreto 689 de 1947 · Por el cual se hacen unos traslados en el Presupuesto vigente.(Ministerio de Obras Públicas)

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto vígente: MINISTERIO DE OBRAS PUBLICAS. CAPITULO 98 Del artículo 1950. Para gastos de conservación y de adiciones y mejoras de la red de carreteras nacionales, inclusive la de Cali a Buenaventura, según distribución que hará el Gobierno $ 1.386.00 CAPITULO 99 Del articulo 1958. Para la carretera Aguadas Irma la Pintada 16.597.00 CAPITULO 105 Del articulo 2234. Para el pago de arrendamiento de locales con destino al servicio del Gobierno Nacional, en la capital de la República, en el año 6.300.00 Suman los contracréditos $ 24.283.00 CAPITULO 108 Al articulo 2244. Para el pago de cuentas pendientes de vigencias anteriores $ 24.283.00 Suman los créditos $ 24.283.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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