Micelio

Artículo 1

º

Decreto 1135 de 1999 · por el cual se suprime la Unidad para Atención de Asuntos Indígenas y se ordena su liquidación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Supresión y Liquidación . Suprímase la Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas, adscrita al Ministerio del Interior creada por la Ley 52 de 1990. En consecuencia, a partir de la vigencia del presente Decreto, dicha Unidad entrará en proceso de liquidación, el cual deberá concluir a más tardar el 31 de diciembre de 1999 y utilizará para todos los efectos la denominación Unidad para la Atención de Asuntos Indígenas en liquidación. La liquidación se realizará conforme a las disposiciones del presente Decreto, al procedimiento que para el efecto establezca el Decreto Ley de que trata el numeral 3 del artículo 120 de la Ley 489 de 1998.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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