La Secretaría General coordinará las relaciones del Ministerio con los Servicios Seccionales de Salud, por lo tanto deberá
Velar porque los contratos de integración de servicios de salud y sus actas adicionales sean renovados oportunamente.
Vigilar porque las vacantes que se sucedan tanto en las Juntas Seccionales de Salud, como en las Jefaturas de los Servicios sean suplidas oportunamente.
Planificar, coordinar y dirigir la supervisión de los programas indirectos que se generen en el Plan Nacional de Salud y que sean ejecutados por los Servicios Seccionales de Salud. Disposiciones varias.