Si estuviere reunido el Congreso, la solicitud de traslaciones se presentará por el Ministro de Hacienda a la consideración de la Cámara de Representantes, acompañada de la certificación del Contralor General sobre la suficiencia de las partidas que se proyecte transferir.
Decreto 164 de 1950 →Vigente
Artículo 91
Si Estuviere Reunido El Congreso, La Solicitud De Traslaciones Se Presentará Por El Ministro De Hacienda A La Consideración De La Cámara De Representantes, Acompañada De La Certificación Del Contralor General Sobre La Suficiencia De Las Partidas Que Se Proyecte Transferir
Decreto 164 de 1950 · Por el cual se organiza el manejo del Presupuesto
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.