Micelio

Artículo 23

Todo Empleado Tendrá Derecho A Aumentos Anuales De Remuneración, De Conformidad Con La Escala De Sueldos Que Se Adopte, Si Obtiene Una Calificación Satisfactoria De Sus Servicios De Acuerdo Con Su Conducta, Eficiencia, Asistencia Y Consagración Al Trabajo

Decreto 1732 de 1960 · Sobre Servicio Civil y Carrera Administrativa

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Todo empleado tendrá derecho a aumentos anuales de remuneración, de conformidad con la escala de sueldos que se adopte, si obtiene una calificación satisfactoria de sus servicios de acuerdo con su conducta, eficiencia, asistencia y consagración al trabajo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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