Micelio

Artículo 3

Ley 2102 de 1941 · Por medio del cual se establecen ciertas restricciones en el tráfico que por cable o radio se reciba del Exterior con destino a Colombia,

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Exceptúanse únicamente de las prohibiciones contenidas en el presente Decreto, los mensajes originarios del Exterior, y destinados a Embajadas o Legaciones acreditadas en Colombia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2102 de 1941