Micelio

Artículo 1

Del Presupuesto De Rentas Y Gastos Vigente

Decreto 537 de 1881 · Por el cual se adicionan y reforman los decretos orgánicos del Ramo telegráfico

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 1.° Para el servicio de telégrafos nacionales habrá Guardas montados en el número que determina el presente decreto, cada uno con la asignacion anual de trescientos pesos ( $ 300) que les señala el pa ágrafo 2.° del artículo 401 del Presupuesto de Rentas y Gastos vigente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 537 de 1881