°. Plan Integral de Acción para la Información de GFP . El Comité Técnico presentará para aprobación de la Comisión, el plan integral de acción para el desarrollo y seguimiento de las acciones que se requieran para cumplir con el objeto de la Comisión. Las entidades que integran la Comisión son responsables de establecer las estrategias y planes de acción que permitan implementar las decisiones tomadas por esta. Los órganos rectores en materia de información para la GFP deberán comunicar al Comité Técnico las iniciativas de reforma, en curso y proyectadas para la siguiente vigencia, que afecten la información para la GFP, independientemente de la fuente de financiación, para construir un inventario y articular dichas iniciativas.
Dentro de los doce (12) meses siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto, el Comité Técnico presentará para aprobación de la Comisión, el primer Plan integral de Acción para la información de GFP.