Micelio

Artículo 1

Ley 18 de 1958 · Por la cual se establece un subsidio de transporte para empleados y obreros oficiales y trabajadores particulares, y una tarifa especial para estudiantes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Establecese a cargo de los patronos en las ciudades de más de setenta y cinco mil (75.000) habitantes un subsidio de transporte a favor de sus trabajadores cuya remuneración no exceda de mil quinientos pesos ($ 1.500.00) mensuales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 18 de 1958