Micelio

Artículo 6

El Término A Que Se Refiere El Artículo 26 Del Referido Decreto 986 De 1949 Será Fijado Por Los Consejos De Administración De Las Cooperativas, Con La Aprobación Del Superintendente Nacional De Cooperativas

Decreto 3082 de 1949 · Por el cual se hacen algunas aclaraciones a disposiciones del Decreto 986 de 7 de abril del presente año

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º El término a que se refiere el artículo 26 del referido Decreto 986 de 1949 será fijado por los Consejos de Administración de las Cooperativas, con la aprobación del Superintendente Nacional de Cooperativas. El reglamento sobre devolución de aportes a los socios excluidos debe someterse a igual aprobación. Comuníquese y cúmplase.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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