° Las modificaciones al régimen de importación establecidas en el artículo anterior entrarán a regir para los registros de importación aprovados a partir de la fecha de expedición de este Decreto.
Decreto 478 de 1960 →Vigente
Artículo 2
Las Modificaciones Al Régimen De Importación Establecidas En El Artículo Anterior Entrarán A Regir Para Los Registros De Importación Aprovados A Partir De La Fecha De Expedición De Este Decreto
Decreto 478 de 1960 · Por el cual se modifica el régimen de importación para algunas Posiciones del Arancel de Aduanas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.