Componente general. El componente general del Plan Nacional de Gestión del Riesgo deberá desarrollarse en el marco de los tres procesos de la gestión del riesgo e incorporará el enfoque de género y la adaptación al cambio climático, y contendrá
Los objetivos y metas nacionales y sectoriales de mediano y largo plazo, según resulte del diagnóstico general de la gestión del riesgo en el país;
Las estrategias destinadas al logro de los objetivos propuestos;
Los instrumentos de coordinación y armonización del Plan Nacional de Gestión del Riesgo con los procesos de planificación sectorial y territorial;
Las directrices que orientarán la asignación y ejecución de los recursos del Fondo Nacional de Gestión del Riesgo. (Decreto 1974 de 2013, artículo 6°)