Las letras serna presentadas a la aceptación en los plazos siguientes:
Las giradas a la vista o a días o meses vista, de una plaza a otra, del territorio nacional o que dentro de los tres meses de su fecha;
Las giradas en Colombia a la vista o a días o meses vista, sobre una plaza cualquiera de otro país, dentro de seis meses;
Las giradas a días o meses de la fecha o a un plazo fijo y determinación dentro de los plazos que ellas designen;
Las giradas en el Extranjero sobre una plaza de Colombia, para los efectos legales que hayan de surtirse en el país, dentro de los términos respectivos, conforme a las reglas anteriores.