Micelio

Artículo 1

Las Libranzas Mandadas Emitir Por Decreto Del Poder Ejecutivo, Número 529, De 13 De Setiembre De 1876, I Que Son Amortizables En El 25 Por 100 De La Parte Libre De Las Rentas De Aduanas I Salinas, Pueden Cambiarse Por Pagarés Del Tesoro, Siempre Que El Interesado, Por Cada Cien Pesos Que Reciba En Esta Clase De Documentos, Consigne $ 70 En Libranzas I $ 30 En Dinero Sonante, Cediendo En Favor Del Tesoro Los Intereses Que Las Mencionadas Libranzas Hayan Devengado

Decreto 276 de 1877 · Adicional i reformatorio del 187, de 30 de marzo último, en ejecución del inciso 1o de artículo 1o de la lei 11 del corriente año, que concede autorizaciones al Poder Ejecutivo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 1.° Las libranzas mandadas emitir por decreto del Poder Ejecutivo, número 529, de 13 de setiembre de 1876, i que son amortizables en el 25 por 100 de la parte libre de las rentas de Aduanas i Salinas, pueden cambiarse por pagarés del Tesoro, siempre que el interesado, por cada cien pesos que reciba en esta clase de documentos, consigne $ 70 en libranzas i $ 30 en dinero sonante, cediendo en favor del Tesoro los intereses que las mencionadas libranzas hayan devengado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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