ARTICULO 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.
Decreto 2383 de 1985 →Vigente
Artículo 2
El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Las Normas Que Le Sean Contrarias
Decreto 2383 de 1985 · Por el cual se aprueba la organización interna y se fijan las funciones de las dependencias de la Corporación Autónoma Regional del Cesar, Corpocesar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.