Micelio

Artículo 46

Los Pescadores En Sus Faenas De Pesca Tendrán Derecho A Ocupar Las Orillas Del Mar, Siempre Que No Se Trate De Playas De Turismo Acondicionadas Como Balnearios Públicos

Decreto 376 de 1957 · Por el cual se dictan normas sobre pesca en aguas colombianas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los pescadores en sus faenas de pesca tendrán derecho a ocupar las orillas del mar, siempre que no se trate de playas de turismo acondicionadas como balnearios públicos. CAPITULO VII Prohibiciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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