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Artículo 9

Promoción De Las Certificaciones Sostenibles En El Entorno Construido

Ley 2407 de 2024 · por medio de la cual se adoptan medidas para promover el uso racional y eficiente de energía, se establecen lineamientos para los planes de eficiencia energética de las entidades públicas, se incentivan construcciones sostenibles y se dictan otras disposiciones.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno nacional a través del Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y en coordinación del Ministerio de Minas y Energía y el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, promoverá la adopción de certificaciones sostenibles en la construcción de edificaciones, en concordancia con el principio de desarrollo urbano sostenible.

Para tal efecto, en un plazo no mayor a doce (12) meses contados a partir de la entrada en vigencia de la presente ley, elaborará el Plan Cuatrienal de Socialización y Promoción para las certificaciones sostenibles de los procesos de construcción de las edificaciones, el cual contendrá como mínimo:

a)

Estrategias de capacitación y asistencia técnica.

b)

Metas de metros cuadrados construidos con certificaciones sostenibles, considerando el crecimiento del sector, la disponibilidad de tecnologías sostenibles y las características demográficas de los municipios y/o distritos.

c)

Implementación de un sistema de incentivos.

d)

Mecanismo cuatrienal de revisión y actualización.

Parágrafo 1

Los planes de socialización y promoción de las certificaciones sostenibles se elaborarán y ejecutarán en concordancia con lo dispuesto en el Decreto número 1077 de 2015 o la norma que lo sustituya o modifique.

Parágrafo 2

Se podrán promover las certificaciones ya existentes en el país, o aquellas que cumplan con los requisitos técnicos y jurídicos descritos en la Resolución número 0549 de 2015 o la norma que lo sustituya o modifique.

Parágrafo 3

Las metas propuestas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para metros cuadrados construidos con certificaciones sostenibles deberán tener en cuenta las áreas ya certificadas en el país, a fin de establecer objetivos alcanzables y progresivos.

Parágrafo 4

Las metas de construcción sostenible se impulsarán mediante la integración de las certificaciones sostenibles en los planes de promoción y acceso a la vivienda, con un enfoque particular en la Vivienda de Interés Social (VIS).

Parágrafo 5

Las edificaciones que serán financiadas con recursos públicos y cuya solicitud de licencia de construcción se realice con posterioridad a los dos (2) años siguientes de la entrada en vigencia de la presente ley, deberán tener una certificación sostenible.

Parágrafo 6

La Superintendencia de Industria y Comercio podrá instruir mediante circular los criterios para implementar la certificación sostenible en la información y la publicidad a ser presentada a los consumidores en el marco de la Ley 1480 de 2011 , sin perjuicio de la reglamentación que expidan las autoridades competentes según lo disponible en los parágrafos anteriores.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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