Micelio

Artículo 1

De Conformidad Con El Decreto 1144 De 1974, El Lote C) Desertto En El Artículo 1° Del Decreto 689 De 1977 Quedará Delimitado En La Siguiente Forma: Lote C

Decreto 972 de 1979 · Por el cual se modifica la delimitación de áreas de la Zona Franca Industrial y Comercial de Santa Marta

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De conformidad con el Decreto 1144 de 1974, el lote c) desertto en el artículo 1° del Decreto 689 de 1977 quedará delimitado en la siguiente forma: Lote C. Por el Sureste, con la linea del Ferrocarril del Atlántico, partiendo de la intersección de la misma línea con la quebrada Tamacá, en dirección Suroeste, y en una distancia aproximada de 500 metros; por el Suroeste, partiendo del punto anterior en dirección Noroeste y en una distancia aproximada de 835 metros, hasta encontrar la Carretera Troncal del Caribe; por el Noroeste, partiendo del punto anterior en dirección Noroeste, con la Carretera Troncal del Caribe en una distancia aproximada de 550 metros; por el Noroeste, partiendo del punto anterior en dirección Sureste, en un ángulo aproximado de 90 grados y longitud aproximada de 35 metros hasta encontrar la quebrada Tamacá; por el Oriente, partiendo en dirección Sureste, con la quebrada Tamacá en una distancia aproximada de 2.200 metros hasta encontrar el punto de partida.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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