Para dar cumplimiento al artículo 90 de la Ley 50 de 1990, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social –Subdirección Técnica de Servicios y Gestión de Empleo– de la Dirección Técnica de Empleo, llevará el registro de los socios, representantes legales o administradores, que hayan pertenecido a empresas de servicios temporales sancionadas con suspensión o cancelación de la autorización de funcionamiento.
Artículo 14
Para Dar Cumplimiento Al Artículo 90 De La Ley 50 De 1990, El Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social –Subdirección Técnica De Servicios Y Gestión De Empleo– De La Dirección Técnica De Empleo, Llevará El Registro De Los Socios, Representantes Legales O Administradores, Que Hayan Pertenecido A Empresas De Servicios Temporales Sancionadas Con Suspensión O Cancelación De La Autorización De Funcionamiento
Decreto 24 de 1998 · por el cual se reglamenta el ejercicio de la actividad de las empresas de servicios temporales.
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.