Micelio

Artículo 14

Decreto 794 de 1962 · por el cual se crea la Oficina de Comercio exterior, y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Oficina desarrollará las funciones a ella adscritas, en forma tal que no duplique las actividades adelantadas por otros, organismos del gobierno Nacional, y mantendrá con éstos un intimo contacto y coordinación. Los organismos en cuestión deberán suministrar a la Oficina los datos, informes y estudios que requieran, dando a ellos especial prelación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 794 de 1962