Micelio

Artículo 10

Los Resultados Obtenidos En Los Exámenes Se Informarán Directamente A Los Estudiantes Y A Las Instituciones De Educación Superior

Decreto 1716 de 2001 · por el cual se reglamentan los Exámenes de Estado de Calidad de la Educación Superior, de los estudiantes de pregrado de Medicina.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Los resultados obtenidos en los exámenes se informarán directamente a los estudiantes y a las Instituciones de Educación Superior. Los resultados obtenidos por las Instituciones de Educación Superior con base en los puntajes de los exámenes de Calidad de sus estudiantes, podrán ser publicados por el Gobierno Nacional, y servirán como indicadores para

1.

Orientar a la comunidad sobre la calidad, cantidad y características de los programas de pregrado de medicina y de los egresados de éstas.

2.

Incentivar a las Instituciones de Educación Superior en la tarea permanente de introducir mejoras en los programas y servicios que ofrecen a partir del análisis e interpretación de los resultados obtenidos por los estudiantes.

3.

Permitir a los potenciales usuarios de la educación superior conocer el rendimiento y desempeño que alcanzan los estudiantes en el examen según las instituciones de educación a la que pertenecen. CAPITULO III. De las homologaciones y convalidaciones

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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