Reforma de la clasificación. El Gobierno podrá adicionar, modificar o suprimir especialidades dentro de la respectiva clasificación general, de acuerdo con las necesidades de las Fuerzas; en estos casos y cuando a ello hubiere lugar, se clasificará a los Oficiales por el Gobierno y a los Suboficiales por los Comandos de Fuerza.
Decreto 612 de 1977 →Vigente
Artículo 19
Reforma De La Clasificación
Decreto 612 de 1977 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.