Articulo 10 . DIRECCION GENERAL DE MINAS. DIVISION DE FISCALIZACION DE MINAS. SECCION DE INSPECCION Y VIGILANCIA. Son funciones de la Sección las siguientes
Inspeccionar y vigilar la explotación de los yacimientos mineros a fin de que ésta se efectúe con métodos técnicos y se evite el agotamiento prematuro de las reservas;
Controlar el desperdicio físico y económico de las reservas mineras;
Inspeccionar y vigilar que las operaciones mineras se realicen con un mínimo de impacto ambiental y una máxima seguridad en las explotaciones;
Proyectar conceptos sobre los métodos de producción usados en los yacimientos mineros;