Sistemas de Inspectoría. La Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, establecerá un sistema de inspectoría de las salas de exhibición cinematográfica y de los responsables del impuesto, con funcionarios de su División de Control y Vigilancia, que ejercerán las funciones generales siguientes
A solicitud del Ministerio de Comunicaciones realizarán visitas de inspección a efecto de establecer las condiciones de funcionamiento que sirvan de base para el registro y clasificación de las distintas salas de exhibición cinematográfica;
Comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas de control de boletería y asistencia a las salas cinematográficas y la correcta elaboración de las planillas que deben presentarse a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE;
Verificar el monto de los recaudos del impuesto y la exactitud de las informaciones suministradas a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, por los exhibidores para lo cual tendrán acceso a todos los registros contables y documentos pertinentes, conforme a lo dispuesto en los artículos 11 y 14 del Decreto 2529 de 1987;
Elaborar los informes correspondientes a las visitas practicadas, los que remitirán tanto al Ministerio de Comunicaciones como a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE.
Los informes de estos inspectores servirán de base al Ministerio de Comunicaciones para el registro y clasificación de las salas de exhibición. CAPITULO VI Sanciones.