Micelio

Artículo 31

Sistemas De Inspectoría

Decreto 1156 de 1988 · por el cual se reglamentan el artículo 15 de la Ley 55 de 1985, el artículo 6° del Decreto-ley 2529 de 1987 y el artículo 8° del Decreto-ley 129 de 1976, en relación con el control de asistencia a las salas de exhibición cinematográfica, el registro de las salas de cine y exhibidores, el Fondo de Fomento Cinematográfico y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sistemas de Inspectoría. La Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, establecerá un sistema de inspectoría de las salas de exhibición cinematográfica y de los responsables del impuesto, con funcionarios de su División de Control y Vigilancia, que ejercerán las funciones generales siguientes

a)

A solicitud del Ministerio de Comunicaciones realizarán visitas de inspección a efecto de establecer las condiciones de funcionamiento que sirvan de base para el registro y clasificación de las distintas salas de exhibición cinematográfica;

b)

Comprobar el correcto funcionamiento de los sistemas de control de boletería y asistencia a las salas cinematográficas y la correcta elaboración de las planillas que deben presentarse a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE;

c)

Verificar el monto de los recaudos del impuesto y la exactitud de las informaciones suministradas a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE, por los exhibidores para lo cual tendrán acceso a todos los registros contables y documentos pertinentes, conforme a lo dispuesto en los artículos 11 y 14 del Decreto 2529 de 1987;

d)

Elaborar los informes correspondientes a las visitas practicadas, los que remitirán tanto al Ministerio de Comunicaciones como a la Compañía de Fomento Cinematográfico, FOCINE.

Parágrafo

Los informes de estos inspectores servirán de base al Ministerio de Comunicaciones para el registro y clasificación de las salas de exhibición. CAPITULO VI Sanciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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