°. Apruébase el Acuerdo número 16 de diciembre 13 de 1984 del Comité Nacional de Cafeteros, cuyo texto dice lo siguiente: "ACUERDO NUMERO 16 DE 1984 (diciembre 13) El Comité Nacional de Cafeteros, en uso de sus atribuciones, y CONSIDERANDO
Que con base en el Decreto número 2078 de 194O y las disposiciones que lo adicionan y lo reforman, el Gobierno y la Federación celebraron el 11 de diciembre de 1940, un contrato sobre manejo del Fondo Nacional del Café e intervención en los mercados cafeteros para el cumplimiento del Convenio Interamericano sobre cuotas de exportación, contrato que ha sido adicionado y complementado por otros posteriores y de manera especial por el de diciembre 20 de 1978 sobre prestación de servicios y administración y manejo del Fondo Nacional del Café, celebrados entre las mismas partes con el objeto de solucionar, de acuerdo con la experiencia obtenida en el desarrollo del mismo, aquellos puntos que no se habían podido prever originalmente y a fin de darle aplicación a normas legales y a disposiciones de los Congresos Cafeteros;
Que la cláusula quinta del contrato sobre administración y manejo del Fondo Nacional del Café, suscrito por el Gobierno Nacional y la Federación Nacional de Cafeteros, el día 20 de diciembre de 1978, dispone que "las operaciones que impliquen egresos o compromisos del Fondo Nacional del Café, deberán estar previstas en el presupuesto que de dicho Fondo elaborará anualmente la Federación con la aprobación del Comité Nacional, con el voto favorable del Ministro de Hacienda y su posterior sanción ejecutiva";
Que el proyecto de Presupuesto de Ingresos y Egresos del Fondo Nacional del Café, para la vigencia de 1985, fue presentado a la consideración del Comité Nacional en su sesión del día 22 de noviembre de 1984, reunión que contó con la asistencia del señor Asistente del Contralor General de la República y en la cual se decidió, por unanimidad y con el voto favorable y expreso del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, delegar el análisis y la aprobación de tal presupuesto en una comisión especial formada por la señora Viceministra de Hacienda y Crédito Público, dos miembros del Comité Nacional y el señor Auditor General de la Contraloría General de la República en la Federación;
Que la comisión mencionada, en reunión celebrada el 13 de diciembre de 1984, aprobó por unanimidad el proyecto que, además, ha sido aprobado, por unanimidad y con el voto favorable y expreso de la señora Viceministra de Hacienda y Crédito Público, en la sesión de hoy, ACUERDA: Artículo primero. Fíjase en la suma de ciento cuarenta y tres mil doscientos veintidós millones cuatrocientos mil pesos ($ 143.222.400.000) moneda corriente, el Presupuesto de Ingresos y Egresos del Fondo Nacional del Café, para la vigencia de mil novecientos ochenta y cinco (1985), discriminado así: Ingresos Ingresos por venta de café $123.287.900.000 Ingresos por impuestos 5.969.500.000 Ingresos financieros 4.658.800.000 Venta de insumos provisión agrícola 7.075.000.000 Ingresos varios 36.800.000 Otros ingresos por reembolsos de fletes en el exterior 1.117.100.000 Recursos del crédito 1.077.300.000 TOTAL INGRESOS 143.222.400.000 Egresos Compra de Café 47.252.600.000 Gastos operación café en el interior y el exterior 25.465.600.000 Impuesto ad-valorem a pagar 5.574.800.000 Gastos financieros 15.776.200.000 Gastos por servicios contractuales 12.303.400.000 Costos insumos provisión agrícola e incremento inventarios 7.983.000.000 Costos insumos para prevención y control roya 803.000.000 Gastos manejo insumos provisión agrícola 1.624.600.000 Préstamos concedidos 1.532.200.000 Capitalización Fondos Rotatorios Sector Cafetero 2.534.300.000 Inversiones en proyecto mercadeo, agroindustria diversificación cafetera 162.000.000 Inversiones y reinversiones de dividendos en entidades filiales y otras sociedades 3.871.500.000 Construcción y adecuación edificios, bodegas y silos 380.000.000 Adquisición terrenos 136.000.000 Maquinaria y equipo 320.500.000 Disminución pasivos corrientes 6.444.900.000 Variación del activo corriente 9.282.300.000 Servicio de la deuda 1.775.500.000 TOTAL EGRESOS 143.222.400.00 Artículo segundo. Sométase el presente Acuerdo por conducto del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, a la aprobación del señor Presidente de la República. Aprobado en Bogotá, D. E., a los trece (13) días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro (1984). El Presidente (fdo.) ADOLFO FORERO JOVES. El Secretario (fdo.) JORGE ARANGO MEJIA".