°. Asignación básica mensual de instructor de INEM o ITA. A partir del 1° de enero de 2015 el instructor de INEM o ITA que se encuentre escalafonado, devengará la asignación básica mensual que corresponda a su grado en el escalafón nacional docente, de acuerdo con la escala establecida en el artículo 1º del presente decreto. El instructor no escalafonado y vinculado antes del 1° de enero de 1984, tendrá la siguiente asignación básica mensual para 2015: Asignación básica mensual I, II V A 1.449.411 III V B 1.246.211 IV y C 1.173.223 El instructor no escalafonado y vinculado antes del 1º de enero de 1986, percibirá a partir del 1° de enero de 2015 como asignación básica mensual la que devengaba a 31 de diciembre de 2014, incrementada en un cuatro punto sesenta y seis por ciento (4.66%). Si al aplicar el porcentaje de que trata el presente artículo resultaren centavos, se ajustarán al peso siguiente. El instructor no escalafonado y vinculado antes del 31 de diciembre de 1985 percibirá la asignación que corresponda al título que acredite, tal como se señala en el artículo 2º del presente decreto.
Las asignaciones básicas señaladas en el presente artículo, incorporan los valores de la bonificación reconocida en el numeral 3 del artículo 2° del Decreto número 1566 de 2014.