División de Coordinación y Operación de Zonas. Son funciones de la División de Coordinación y Operación de Zonas, las siguientes
Coordinar el funcionamiento integral de todas las actividades operacionales que se estén desarrollando en las Zonas.
Velar por la conservación y defensa del Lago de Tota de acuerdo con lo dispuesto por el Decreto-ley 2070 de 1975.
Elaborar los programas de operación y mantenimiento para las zonas de la Corporación y someterlos a consideración de la Subdirección de Operaciones.
Dirigir las distintas zonas de la Corporación y los programas, y proyectos requeridos para una adecuada administración de las obras a su cargo.
Colaborar con las respectivas dependencias en la adopción y recaudo de las tarifas o contribuciones que se establezcan.
Coordinar con la Oficina de Informática, el procesamiento de la información requerida por la dependencia para su normal funcionamiento.
Rendir informes a la Subdirección de Operaciones sobre las actividades de la dependencia y los especiales que le sean solicitados.
Las demás funciones que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia.