Micelio

Artículo 8

Recursos Para Cofinanciación De Electrificación

Decreto 1850 de 1993 · por medio del cual se reglamentan los artículos 31 y 32 de la Ley 38 de 1989.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Recursos para cofinanciación de electrificación. El Ministerio de Minas y Energía podrá cofinanciar proyectos de electrificación de entidades territoriales bien sea que éstas las ejecuten directamente o en asocio con una entidad del sector eléctrico. Dentro de las modalidades de cofinanciación será admisible la suscripción de convenios, entre las entidades territoriales y las entidades del sector eléctrico, mediante las cuales éstas asuman temporalmente el porcentaje que corresponde aportar a la entidad territorial. En este caso, las partes acordarán los términos y condiciones a los cuales se sujetará la liberación de las obligaciones a cargo de la entidad territorial.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1850 de 1993